El aborto en Colombia, referido al aborto inducido en Colombia, está permitido en cuatro situaciones o supuestos especĂficos desde la sentencia de 2006 y la nueva ley de 17 de diciembre de 2012.
El 17 de diciembre 2012 se cambio la ley de aborto en Colombia: ahora se puede abortar tambiĂ©n por causas de salud mental de la mujer, es decir por todos causas que son un peligro por la salud mental de la mujer. Antes, el aborto no estaba permitido en ningĂşn situaciĂłn o supuesto hasta la Sentencia de la Corte Constitucional C-355 de 10 de mayo del 2006, a raĂz del caso de Martha Sulay González, cuando se legalizĂł en tres situaciones especĂficos o supuestos tasados.
La pena para la práctica del aborto en los supuestos no aprobados es de 1 a 3 años de prisión para la mujer y para el médico u otra persona que lo realiza.
La actual ley del aborto permite su práctica, ya sea mediante aborto con medicamentos o aborto quirĂşrgico, en cuatro casos especĂficos: malformaciĂłn del feto, embarazo producto de una violaciĂłn, o cuando peligra la vida o la salud mental de la madre.
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